• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: León
  • Ponente: MARIA BELEN GAMAZO CARRASCO
  • Nº Recurso: 174/2025
  • Fecha: 27/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El delito de violencia habitual se trata de un delito que se aproxima a la categoría de los delitos de estado cuyo resultado antijurídico es, precisamente, la generación de un clima habitual de violencia, sujeción y dominación que se proyecta sobre todos los que, con independencia de su número, hayan quedado "encerrados" en dicho círculo. Supone un "aliud" de tipicidad respecto a los concretos delitos de violencia. Lo relevante no es la realización por sí de actos violentos sino la unidad que quepa predicar de ellos a partir de su conexión temporal y sus consecuencias para las relaciones familiares. Existencia de un patrón de violencia física o psíquica, ejercida por el victimario contra las personas especialmente protegidas que se precisan en la norma, idóneo para provocar un clima de cosificación con cierta proyección temporal, generando un clima habitual de violencia, sujeción y dominación que excede del mero temor y sumisión que se considera probado.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Ávila
  • Ponente: JUAN ROLLAN GARCIA
  • Nº Recurso: 68/2025
  • Fecha: 27/03/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: El derecho constitucional a la tutela judicial efectiva implica que la denunciante, al promover la actividad jurisdiccional a través de su denuncia, no tiene derecho más que a una respuesta judicial razonada, que, en lo que se refiere a la solicitud de medidas cautelares penales, bien puede ser su denegación. Para la adopción de medidas cautelares restrictivas de derechos fundamentales ha de constar, no solo los indicios de la posible comisión de un delito, sino también el riesgo de reiteración en función de las circunstancias concurrentes en ese momento inicial de las diligencias penales. Mera discusión de pareja en el contexto de una intoxicación etílica del denunciado, hecho aislado que no supone riesgo de reiteración.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARMEN LAMELA DIAZ
  • Nº Recurso: 6808/2022
  • Fecha: 27/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso formulado por el condenado a 10 años de prisión por un delito continuado de abuso sexual sobre menor de 16 años del art. 183.1 y 3 CP (en redacción dada por la LO 1/2015). Se confirma la existencia de prueba de cargo suficiente, así como la valoración de la declaración instructora del acusado, donde admitió los hechos enjuiciados, y sobre lo que nada aclaró en el acto del juicio oral, ya que el acusado solo accedió a contestar a las preguntas de su letrado, que nada preguntó sobre este extremo, ni interesó que aquel explicase el sentido de aquellas declaraciones. Examen de la doctrina jurisprudencial sobre el valor del silencio del acusado. No obstante, la modificación operada por la LO 10/2022 de 6 de septiembre, impone analizar la posible aplicación retroactiva de la ley penal posterior, lo que en el caso se rechaza. Los hechos se incardinarían en el art. 181.1, 3 y 4.d y 74 CP, castigado con pena de prisión de 10 años y 6 meses a 12 años. Aun cuando no fue aplicada la agravante de parentesco, ello no implica que no pueda ahora apreciarse la agravación contenida en el apartado 4 d) del art. 181 CP, teniendo en cuenta la mayor amplitud del nuevo subtipo. Consecuentemente, la pena resultante sería mayor que la finalmente impuesta, con lo que no puede estimarse más favorable la normatida de la Ley intermedia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: DAVID CASTILLEJOS SIMON
  • Nº Recurso: 148/2025
  • Fecha: 27/03/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Las dos sentencias dictadas, la de instancia y la de apelación establecen la pena de trabajos en beneficio de la comunidad, sin que ninguno de los dos órganos judiciales se plantearan otra pena distinta ni fue solicitada por las partes ni hubo conformidad alguna sobre el particular. Cuestión distinta son los avatares de la fase de ejecución, que en ningún caso pueden modificar la decisión de las sentencias por mor del principio de intangibilidad de las resoluciones judiciales. Si bien las penas de privación de libertad pueden ser sustituidas por otras, no existe opción a la inversa, es decir, que otra pena de distinta naturaleza se sustituya por una pena más gravosa como es la privativa de libertad.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: MARIA SOLEDAD ALEJANDRE DOMENECH
  • Nº Recurso: 268/2025
  • Fecha: 26/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia del Juez Penal que condena a un acusado como autor responsable de un delito de quebrantamiento de condena. Acusado que teniendo vigente una pena que le prohibía comunicarse con quien fuera su pareja sentimental, utiliza una cuenta alojada en la aplicación virtual Tik-Tok para iniciar seguimiento y solicitar amistad con la cuenta de la misma aplicación perteciente a la mujer respecto de la que tenía prohibido comunicarse. Acreditación de que el acusado es la persona administradora de la cuenta desde la que se solicitó la amistad de la denunciante. Quebrantamiento de condena por vulneración de la prohibición de comunicación. Idoneidad del seguimiento a través de una red social para completar la parte objetiva del tipo penal de quebrantamiento. Continuidad delictiva.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Burgos
  • Ponente: MARIA JESUS MARTIN ALVAREZ
  • Nº Recurso: 848/2024
  • Fecha: 26/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala parte de la STS de 17-10-2.024, rec. 3336/2022, que se refiere a una aplicación con "criterios flexibles y "conceptos abiertos que permitan una mejor atención a las situaciones de necesidad" para acreditar la situación de violencia de género y la conexión temporal con la separación o divorcio, lo que se considera acreditado por la Sentencia de instancia. Se acredita tanto la condición de la actora de víctima de violencia de género como la conexión temporal con su divorcio producido mediante sentencia de fecha 8 de febrero de 2.021 y ello en base al testimonio de una amiga del matrimonio y a lo relatado por la psicóloga de la Asociación para la defensa de la Mujer "La Rueda", tal como se indica en los ordinales cuarto y quinto, cuyo criterio se mantiene al haber sido obtenido valorando el material probatorio que se ha estimado oportuno conforme a las reglas de la sana crítica en base a lo dispuesto por el artículo 97.2 de la LRJS, de una manera objetiva e imparcial, debiendo tener en cuenta que la acreditación de la situación de violencia de género podrá tener lugar mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho y que la prueba para acreditar la referida situación de violencia de género al tiempo de la separación debe ser interpretada de una manera flexible, valorando los indicios aportados y el contexto en el que se producen, y sobre todo teniendo en cuenta las especiales dificultades de las víctimas de violencia de género a la hora de probar su situación.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: JUAN DEL OLMO GALVEZ
  • Nº Recurso: 55/2024
  • Fecha: 26/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La función de la sala de apelación es verificar la solidez y razonabilidad de las conclusiones alcanzadas, confirmándolas o rechazándolas. La ponderación de la prueba de descargo representa un presupuesto sine qua non para la racionalidad del desenlace probatorio. Las versiones valorativas que los recurrentes intentan introducir con sus recursos no debilita, y mucho menos puede sustituir, a la expuesta por el Juez a quo en su sentencia. Subtipo agravado del párrafo tercero al haberse cometido los hechos en presencia del hijo menor común. Presupuesto esencial de toda legítima defensa -completa o incompleta- es la previa e incial agresión ilegítima. La legítima reacción ante un hecho de esta naturaleza no implica el uso de violencia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santander
  • Ponente: ROSA MARIA GUTIERREZ FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 631/2024
  • Fecha: 26/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ABANDONO DE FAMILIA: impago voluntario de la pensión pactada durante cuatro meses consecutivos y otros dos posteriores. CONTENIDO DEL DELITO: obligación establecida por resolución judicial que el sujeto, conocedor de la misma, incumple pudiendo hacerlo. CAPACIDAD ECONÓMICA: supone la base dolosa de la conducta y la separa de la mera prisión por deudas, en la medida en que el incumplimiento es voluntario. La incapacidad económica no tiene que ser total, basta su carácter parcial y la posibilidad de contribuir del acusado. PROHIBICIÓN DE COMUNICACIÓN: es imperativa y ajena a la entidad de la conducta.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palencia
  • Ponente: ANA MARIA CARRASCOSA MIGUEL
  • Nº Recurso: 4/2025
  • Fecha: 26/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La valoración probatoria que ha de hacerse ha de estar presidida por los principios de la lógica y de la sana crítica, de forma que el apartamiento de los mismos por parte del juzgador de instancia, motiva necesariamente su modificación en la segunda instancia. Delito de acoso, que absorbe, en virtud de la progresión delictiva, el delito de injurias. El legislador al tipificar el nuevo delito de acoso y hostigamiento -stalking- lo hace considerándolo como una variante del delito de coacciones al quedar fuera del ámbito de las coacciones, las conductas de acecho permanente o intento de comunicación reiterada que, sin llegar a las coacciones, sí tienen la entidad suficiente como para producir una inquietud y desasosiego relevante penalmente. Para evaluar si realmente se ha producido una alteración en la vida cotidiana se parte de la actitud y comportamiento de un ciudadano medio, si bien con particular cuidado de las circunstancias concretas de la víctima ante su especial vulnerabilidad, capacidades psíquicas, etc.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palencia
  • Ponente: MAURICIO BUGIDOS SAN JOSE
  • Nº Recurso: 3/2025
  • Fecha: 26/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La valoración de prueba ha de hacerse conforme a los principios de la lógica y de la sana crítica. La declaración de la víctima en delitos de violencia de género es frecuente que sea única para desvirtuar el principio de presunción de inocencia al ser delitos que se cometen habitualmente en la intimidad del domicilio familiar. Es intrascendente que la víctima no presentara denuncia de forma inmediata y permaneciera en la vivienda que habían habitado conjuntamente. Las amenazas estaban especialmente referidas a evitar esa situación, por lo que no era fácil para la denunciante tomar esa decisión. Determinación y cuantificación de la pena proporcional a los hechos y razonada en sentencia. Penas de prohibición de acercamiento y comunicación imperativas en determinados delitos.

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